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  • jairogarciaabogado

Mujeres transgénero tienen derecho a pensión de vejez a la misma edad de las mujeres cisgénero


Mujeres transgenero tienen derecho a pensión de vejez a la misma edad de las mujeres cisgénero (Comunicado de la Corte Constitucional de su Sentencia SU-440, 09/12/2021).


La Corte Constitucional recordó el derecho al reconocimiento jurídico de la identidad de género diversa de la población transgénero, y que por esa vía existe un mandato constitucional de trato paritario prima facie (no absoluto) entre mujeres transgénero y mujeres cisgénero


La Corte determinó que las mujeres transgénero tienen derecho a pensionarse a la edad prevista para las mujeres cisgénero (59 años y no 62 como para los hombres), entre otras razones porque las mujeres trans se enfrentan a severas formas de discriminación laboral y marginación social derivadas de las arraigadas normas de género imperantes en Colombia.


Estas poblaciones, afirmó la Corporación, han sido objeto de prácticas discriminatorias que responden a causas diversas, lo cual impediría al Estado adoptar medidas pertinentes si se desconoce esta realidad.


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